ICEA ofrece formación subvencionada a través de las dos vías establecidas legalmente (RD 395/2007):
- Formación de oferta (Orden TAS 18/2008) a través del plan para Entidades de Seguros. En la sección de calendario de cursos, aparecerán las acciones formativas que conforman dicho plan.
- Formación a demanda (Orden Tas 2307/2007) que abarca las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación. En este caso ICEA ofrece dos alternativas:
- Gestionar las subvenciones de la empresa bonificada.
- Ser la Entidad Organizadora de una Agrupación de Empresas, y así organizar los cursos que serán subvencionados para cada empresa después de formalizar un Convenio de Adhesión.
Ambos sistemas son compatibles, es decir, una empresa puede agotar su crédito y a la vez que sus trabajadores se formen en un plan de oferta.
Las empresas que tienen centro de trabajo en el territorio español, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de formación profesional a la Seguridad Social dispondrán de un crédito anual para invertir en cursos de formación, que resultará de multiplicar la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, por el porcentaje de bonificación que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en función del tamaño de las empresas.
¿Cómo puede calcular el crédito de bonificación?
Para calcular el crédito de bonificación, acceda a la siguiente dirección:
http://empresas.fundaciontripartita.org/app/sim_credito.aspx